jueves 2 de abril, 2026
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La CAME pide que el Gobierno excluya a las Pymes de las tasas punitorias

La CAME le pidió al Ministro Caputo que excluya a las Pymes del aumento en las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que la AFIP cobrará en febrero.

Por  Redacción

La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) le pidió al Ministro de Economía, Luis Caputo, que excluya a las micro y pequeñas empresas, conocidas como Pymes, del aumento en las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cobrará a partir del 1° de febrero.

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Este pedido se conoció horas antes de la reunión que Caputo tendría este jueves con referentes de las cámaras empresariales, entre las cuales está invitada la CAME.

La CAME pide que el Gobierno excluya a las Pymes de las tasas punitorias

La entidad sostuvo en un comunicado que la resolución 3 del Ministerio de Economía, la cual incrementa las tasas de interés que deben pagar los contribuyentes que caigan en mora, no contempla la situación de las pymes y microempresas que "no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario".

"Al momento del vencimiento impositivo la pyme ve si tiene los fondos o no para afrontar el pago. En caso de no tenerlos, la única solución es entrar en mora con el organismo de recaudación", explicó el presidente de CAME, Alfredo González, quien señaló que las grandes empresas "hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias" para financiarse.

¿Qué dice la resolución del Gobierno?

Por medio de la Resolución 3/2024, el Ministerio de Economía de la Nación “procura evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático”.

La norma incluye a las pequeñas y medianas empresas. Para CAME, se trata de “una premisa errónea cuando se trata de las Pymes. Para financiarse, las grandes empresas hacen un comparativo entre la tasa que cobra AFIP y las tasas bancarias. Esa modalidad no es ejercida por las pymes, debido a que no tienen la posibilidad de contar con un acceso rápido y simple al crédito bancario” compararon.

Según establece la resolución 3, a partir de febrero la tasa de interés resarcitorio mensual será equivalente a 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente Banco de la Nación Argentina. También dispone un sistema de actualización bimestral.

"Esto en la práctica significa que se aumenta la tasa actual de 5,91% a 15,27% y la tasa de interés punitorio mensual, vigente en cada bimestre, será equivalente a 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente incrementándose de la actual tasa del 7,37% a una del 17,62%", indicaron desde la CAME.

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