La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados avanzó hoy con la firma del dictamen del proyecto que establece la Devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores con menores ingresos. El oficialismo buscará darle media sanción la semana que viene, en una sesión especial prevista para el martes 10 de octubre.
La iniciativa, presentada por el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria, Sergio Massa, recibió 26 firmas a favor y quedó en condiciones de ser debatido en el recinto de la Cámara baja.
“La devolución del IVA parece el método más adecuado porque permite segmentar de la mejor manera y definir sobre qué tipo de bienes se aplica. Lo que se logra es que el beneficio lo reciba el último eslabón de la cadena, el consumidor, y enfocado en bienes de consumo de la canasta básica”, explicó el presidente de la comisión Carlos Heller al inicio de la reunión.
Además, Heller agregó que la propuesta "intenta compensar el deterioro del poder adquisitivo de los sectores más vulnerables de la sociedad y, por eso, hubo un conjunto de medidas impulsadas por el gobierno".
Luego, indicó que más de 16 millones de personas ya accedieron al beneficio por un monto de devolución que supera los 25 mil millones de pesos: "Esto marca la importancia, la aceptación y el impacto positivo que tiene esta medida", expresó el Presidente de la comisión.
¿Cuáles son los principales puntos del proyecto?
La iniciativa, de nueve artículos, aclara que la medida comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.
El proyecto precisa también que "están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo".
Finalmente, en el artículo 4 del proyecto se establece que "el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes".