viernes 31 de marzo, 2023
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¿Qué actividades no se pueden hacer el día de las elecciones?

Se oficializó el calendario para los comicios nacionales para este 2023, cuyas generales se realizarán el 22 de octubre.

Por  Redacción

La Cámara Nacional Electoral aprobó este jueves el cronograma para las próximas elecciones nacionales, en el que definió que las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) se desarrollarán el 13 de agosto, mientras que el 22 de octubre será el día de las generales.

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Ante la proximidad de los comicios, hay que tener en cuenta cuestiones elementales del reglamento electoral. Existen determinadas actividades que el Código Nacional Electoral prohíbe realizar el día de la elección y hasta tres horas después de finalizado el mismo. El Gobierno las enumeró y son las siguientes:

  • Reuniones de electoras y electores o depósito de armas en casas dentro de un radio de ochenta metros alrededor de la mesa receptora de votos.
  • Espectáculos, fiestas teatrales, deportivas y cualquier reunión pública que no se refieran al acto electoral.
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.
  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  • A los electoras y electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.
  • Realizar actos públicos de proselitismo, difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado.
  • Abrir los locales partidarios ubicados dentro de un radio de ochenta metros de los lugares de votación.
  • Desde las 8:00 horas del viernes anterior a la elección y hasta el cierre del comicio está prohibido publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

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