martes 10 de febrero, 2026
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Impuesto a las Ganancias: el impacto de la medida en los sueldos

Cómo debe figurar la devolución del proporcional del medio aguinaldo en el recibo de sueldo. El detalle en la nota.

Por  Redacción

Antes del jueves 5 y con el cobro de los salarios de septiembre, a los trabajadores en relación de dependencia se les devolverán el proporcional del medio aguinaldo de la retención del impuesto a las Ganancias que les efectuaron en julio y agosto. El importe debe figurar en el recibo de sueldo como “Devolución Decreto N° 473/23”, informaron desde el Ministerio de Economía.

Además, se les debe devolver la segunda cuota por la suba de escalas del impuesto del Decreto 415/2023. “La primera devolución fue con los sueldos de agosto”, indicaron y sostuvieron que ambos beneficios suman una mejora del salario de bolsillo del 7% al 11%, dependiendo del nivel de salario.

Con el sueldo de octubre que se percibe a fin de mes o comienzos de noviembre, esos trabajadores dejarán de pagar Ganancias por la vigencia del piso salarial a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

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