El primer ganador de Gran Hermano Argentina, Marcelo Corazza, detenido en una causa por corrupción de menores, finalmente podrá recuperar la libertad en los próximos días, ya que el pedido excarcelación formulado por su defensa, recibió el visto bueno de la fiscalía, según informaron fuentes judiciales.
El juez Ariel Lijo fue quién le concedió la excarcelación a Marcelo Corazza, quien saldrá del penal de Ezeiza pero continuará imputado por los delitos de corrupción de menores y asociación ilícita. El fallo se conoció este martes, una semana después de que se decidiera ampliar su procesamiento.
La defensa del productor había hecho una presentación este lunes donde pidió el beneficio argumentando que no existían riesgos procesales ni de fuga. La medida tuvo dictamen favorable de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y del fiscal Carlos Rívolo, quienes no se opusieron.
Asimismo, el juez Lijo estableció una serie de condiciones que Corazza deberá cumplir para seguir en libertad:
-Prohibido salir del país
-Uso obligatorio de una pulsera electrónica
-Deberá presentarse ante la Justicia entre el 1 y el 5 de cada mes
-No podrá ausentarse más de 24 horas de su domicilio.
Además, el primer ganador de Gran Hermano seguirá siendo investigado en la causa por corrupción de menores, que se encuentra cerca de la etapa del juicio oral y público. Cabe destacar que la semana pasada, el juez Lijo le imputó otro hecho de corrupción de menores en el marco de la causa que investiga una supuesta banda criminal.
"Considero que Corazza promovió la corrupción de la víctima en tanto, a partir de sus propuestas de tinte depravado, dio comienzo a la corrupción de la víctima, que nunca había realizado acciones de ese tipo por dinero y jamás se había vinculado sexualmente con otro hombre", sostuvo el magistrado en el fallo de más de 350 páginas.
En el expediente quedaron asentados diálogos de chat entre el imputado y la víctima en los que Corazza le requería el envío de videos personales con contenido sexual.
"Al quedar corroborado que conocía la edad de la víctima, doy por sentado que Corazza tuvo conocimiento respecto de que los actos ilícitos que realizaba eran susceptibles de corromperla", enfatizó el magistrado.
"Toda vez que la víctima tenía 17 años al momento que comenzó a desplegarse la conducta ilícita de parte del imputado, no hay dudas que debe ser admitida como tal. Por otra parte, como se observa, evidentemente las diferentes propuestas efectuadas por Corazza a la víctima fueron negativas para su normal desarrollo", señaló finalmente el magistrado.