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No habrá arresto domiciliario

Nicolás Carrizo, continuará en prisión por el atentado a CFK

La Cámara Federal de Casación Penal indicó que existe riesgo de que Nicolás Carrizo, señalado como el jefe de "los copitos", intente fugarse.
Por  Redacción

Nicolás Carrizo, uno de los acusados en la causa en la que se investiga el atentado contra Cristina Kirchner, continuará en prisión, luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmara el rechazo al pedido de arresto domiciliario que había hecho su defensa.

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Los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Angela Ledesma desestimaron el recurso y dejaron firme la resolución, por lo que no se hizo lugar a la detención domiciliaria de Carrizo.

Carrizo, sindicado como el jefe de la banda que vendía copos de nieve, está recluido en la cárcel en resguardo de su integridad física.

El tribunal ponderó especialmente el reclamo de la querellante Cristina Kirchner para que se amplíen las declaraciones de Carrizo y los otros procesados para avanzar en la investigación.

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Los magistrados remarcaron que los jueces de la anterior instancia habían señalado que la pena y la gravedad de los hechos investigados “resultaban indicadores de entidad suficiente para el mantenimiento del encierro cautelar, debido a que incrementaban el peligro de fuga”.

“Lucen también razonables en esta etapa los indicadores de entorpecimiento en la investigación contemplados a la luz del trámite actual de la petición de la querella para ampliar la indagatoria de Carrizo y otros consortes de causa, los que impiden, al menos por el momento, desechar la posibilidad de obstaculización de la prueba”, advirtió el camarista Yacobucci, voto al que adhirió su colega Slokar.

La jueza Ledesma adhirió a la solución propuesta por sus colegas al considerar “que las especiales circunstancias del caso aunadas a las características propias de la maniobra imputada, permiten inferir un grado de peligro procesal”.

Carrizo pidió que su pareja sea garante de la domiciliaria

Los jueces advirtieron que “existen dudas razonables sobre la relación entre el imputado y su pareja, a quien propuso como garante para la concesión de la medida morigerada pretendida”

El fallo destaca que del informe socio ambiental se desprende “un vínculo endeble entre ambos por cuanto en el celular de Carrizo “(…) no se encuentran registros telefónicos de contactos, de llamados ni de mensajes”; “(…) la convivencia se encontraría en una etapa incipiente, la que se habría desarrollado por algunos días previos a su detención” y “(…)la relación dataría de hace poco más de un año, la que habrían mantenido en reserva de sus entornos sociales y familiares(…)” .

En la audiencia ante el tribunal, la defensa sostuvo que es falso que no existe registro de mensajes y llamados entre ambos pues se encontraba agendada con un apodo. Sin perjuicio de ello, la justicia concluyó que no aportó elemento alguno que permita respaldar sus dichos.

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