jueves 13 de marzo, 2025
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Diputados aprobó los cambios en la Ley de Alquileres: ¿Qué se modifica?

El proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos

Por  Redacción

La Cámara de Diputados convirtió en ley, por 128 contra 114 votos, el proyecto de reforma de alquileres con los cambios incluidos por el Senado impulsados por el Frente de Todos.

De esta manera, los contratos entre propietarios e inquilinos se mantendrán por tres años y tendrán una actualización semestral, en lugar de anual como establecía la actual norma.

La iniciativa se aprobó con los votos que fueron aportados por el Frente de Todos, dos diputados del Interbloque Federal, uno de Juntos por Rio Negro y cuatro de izquierda, mientras que rechazaron la iniciativa los libertarios, Juntos por el Cambio y algunos legisladores provinciales.

El proyecto recibió algunos cambios propuestos por el interbloque del Frente de Todos y son los siguientes:

  • Mantenimiento de contratos por tres años.
  • Ajustes semestrales en lugar de anuales.
  • Aplicación del índice Casa Propia (lo publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación), que considera el menor índice entre la variación salarial y la inflación del último año. Actualmente, se utiliza el Índice de Contratos de Locación (ICL) del Banco Central.
  • Contratos en moneda nacional.
  • Incentivos impositivos para propietarios que alquilen sus viviendas.

Cómo será el cálculo se actualización: ya no se regirá por la inflación del período, sino por un promedio entre el 0,9 de la variación salarial publicada por el INDEC para el período y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) del BCRA que sigue la inflación.

En cuanto a los propietarios se exime a los monotributistas del pago "los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles". Además, no pagarán Bienes Personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler, mientras que tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren "debidamente registrados" ante la AFIP.

Las partes también podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación.

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