Las denuncias por corrupción contra Santiago Bausili, por su conducta como secretario de Finanzas del gobierno de Mauricio Macri en favor de un banco exempleador al cual seguía ligado, volverán a ser investigadas. Pese a que el actual presidente del Banco Central ya había resultado procesado en dos oportunidades por los hechos investigados, Bausili había logrado que el 5 de diciembre pasado (una semana antes de asumir su actual cargo) la Cámara Nacional de Apelaciones revocara la resolución dictada en su contra por el juez Sebastián Casanello en agosto de 2021. Pero un fallo firmado este martes por la Cámara de Casación Penal ordenó reabrir la causa y volver a analizar la responsabilidad del exfuncionario de Macri y actual de Javier Milei.
El objeto de la causa se dirige a operaciones financieras cometidas durante los años 2017 y 2018, mientras Bausili se desempeñó como secretario del entonces (y también ahora) ministro Luis Caputo, junto con quien tras de su paso por la función pública fundó la consultora Anker Latinoamerica S.A. Ambos habían cumplido, además, tareas ejecutivas en el Deutsche Bank como compañeros de trabajo.
La sospecha de la Justicia es que, en su calidad de Secretario de Finanzas de la Nación, encabezó gestiones oficiales para la colocación de deuda pública por parte de entidades bancarias. La maniobra en cuestión redundó en un beneficio por sumas millonarias a su ex empleadora, la firma Deutsche Bank.
En aquel momento, Bausili continuaba percibiendo acciones y bonificaciones del banco por el equivalente aproximado de 200 mil dólares, "viendo afectada la independencia para tomar decisiones en pos del interés público y actuando como representante de las entidades bancarias en el gobierno", sostiene la causa que se le abrió en su contra.
Las conductas llevadas a cabo por el actual titular del Banco Central se encuentran expresamente vedadas por el art. 13 de la ley 25.188 –que regula la ética en el ejercicio de la función pública- la cual determina que resulta incompatible con el ejercicio de la función pública: “dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades”.