domingo 12 de enero, 2025
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Santiago Maldonado

Caso Santiago Maldonado: sobreseyeron a 4 gendarmes acusados

La justicia sobreseyó a 4 gendarmes acusados de la desaparición y posterior muerte de Santiago Maldonado el 1/08/2017 en Chubut. Los detalles en la nota.

Por  Redacción

El juez federal de Rawson, Guillermo Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes involucrados en la investigación por la desaparición durante 78 días y la posterior muerte del joven Santiago Maldonado, ocurrida el 1 de agosto de 2017 en Cushamen, Chubut, durante el desalojo de un corte de la ruta 40 por la comunidad mapuche de la zona.

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Maldonado murió luego de una protesta en la provincia patagónica, en el paraje Pu Los de Cushamen y se investiga si la misma fue motivada por la participación de la Gendarmería Nacional.

"Puedo afirmar con absoluta certeza que ninguno de los sucesos y ninguna de las acciones humanas analizados son susceptibles de ser considerados delitos, de los tipificados por nuestra ley penal", sostuvo el magistrado en la resolución de 361 páginas en la que decretó los sobreseimientos.

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Lleral firmó el sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú, el gendarme acusado de desaparición forzada de persona. Al mismo tiempo liberó de todos los cargos a los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra en relación a varios delitos, incluyendo daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

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A su vez afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron del operativo de desalojo "ni siquiera se les puede dirigir el reproche de un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado, pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal".

Maldonado desapareció el 1° de agosto de 2017 durante un operativo de Gendarmería en el que fue reprimida una protesta de la comunidad mapuche de la Pu Lof Cushamen en Chubut, por el reclamo de tierras ancestrales ubicadas entre la ruta 40 y el río Chubut: su cuerpo apareció 78 días más tarde 400 metros río arriba de donde había sido visto por última vez.

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¿Cómo fue el fallo del juez federal sobre los 4 gendarmes?

En un fallo de 344 páginas, el juez Lleral concluyó que no existen conductas humanas que puedan ser consideradas como ilícitos penales en los eventos ocurridos el 31 de julio y 1° de agosto de 2017.

“La verdad se mostro sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por ultima vez. Allí, el, solo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el rio luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”, escribió.

“Aunque se insista en presentar los hechos de un modo absurdamente diverso a su esencia, aunque se pretenda evitar o demorar la realización de medidas de prueba develadoras de esos hechos, aunque insistentemente se propongan infinitas medidas abiertamente inconducentes, y aunque se declare públicamente que los hechos no son como sucedieron sino como algunos prefieren que hayan sido, lo cierto es que la verdad que rodeó la desaparición y muerte de la víctima de esta causa (y víctima de todas las manipulaciones espurias que de ella derivaron), es una sola”, agregó.

"En suma, como lógica derivación de los considerandos que anteceden, por no constituir delito, ninguno de los hechos objeto de este proceso y de sus acumulados, y al no advertirse la existencia de ninguna acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con esos sucesos, y con motivo de los Sobreseimientos Totales y Definitivos que se ordenan, debo disponer el cierre concluyente y el consecuente archivo de la totalidad de estas actuaciones y de todos sus trámites accesorios", firmó el magistrado.

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